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Comentarios (18)

roberto | 15.05.2023
Yo. trabajé durante 25 años (a honorarios) en un municipio, llegaron nuevas autoridades y no me renovaron el contrato y me fui para la casa, demande al municipio, en el tribunal laboral el juez fallo a favor del municipio, la razón según él juez, no logré acreditar subordinación ni dependencia, trabajaba con horario, un jefe, recibía instrucciones, contrato anual a honorarios (25), fuimos a la corte de apelaciones y también perdí, y me fui para la casa, cesante y con total desprotección. Un abuso
JUANA CASTRO MIRANDA | 09.11.2016
HOLA: SOY TESORERA DEL SINDICATO DE TRABAJADORES HONORARIOS PENCO,TODOS TRABAJADORES DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PENCO,Y NECESITAMOS MAYOR DE QUIENES DIRIGEN ESTA UNIÓN DE TRABAJADORES,SI ES POSIBLE ESPERO RESPUESTA . ATENTA A VUESTRA RESPUESTA OJALA SEA NUMERO DE TELEFONO
Antonieta Prado | 28.07.2016
Encuentro insólito que mujeres profesionales y técnicos no tengan beneficio alguno en pre y post natal, también es impresionante el índice de apitutados a honorarios solo por tener familia trabajando en alguna municipalidad, específicamente en Maipu, el pitutito sigue suendo un título importante, se denominan secretarías, asistentes sin siquiera haber pasado por fuera de un centro de formación técnica. Maipu sinónimo de pitutito, no ganan grandes sueldos pero quitan beneficios que realmente podrían ser aprovechados, secretaria de apoyo del apoyo, este es un título que ya leí.
Carla | 13.07.2016
Yo llevo más de un año trabajando a honorarios en un Cesfam de Peñalolen. Tristemente no tengo ningún derecho y eso me lo han hecho saber. Me califican anualmente, pero tampoco recibo un bono por rendimiento como los demás funcionarios... Mi contrato está vencido desde hace seis meses. Una colega se embarazó y tuvo que irse con prenatal y post natal no pagados. Cada vez que alguno ha reclamado han sido despedidos....Qué hacer frente a toda esta injusticia?
Angelics Perez | 12.06.2016
La.corte suprema creo un proyecto ley sprovado,sobre los T a.Honorario,el cusl.consiste en q si se.firma contrato por mas.de.2veves.y mas.d.un.año trabajando al momento de despido tiene los.mismos derecho d un T a Contrata,yo lo supe hace muy poco trabaje casi 4años a honorario y m despidieron sin ni uno lo imformo psra q s.sepa,m lo dijo un.abogdo de derecho laboral
Javier Brinzo gabella | 03.03.2016
Cuando un reportaje a la escasez de los recursos hídricos del mundo y Chile en particular, además de la contaminación de las mineras, celulosas etc,... ustedes tienen esa labor imperiosa como periodistas serios y de investigación de informar, saludos.
Francisca | 17.02.2016
En mi opinión y por lo visto durante mi permanencia en un importante Ministerio que brinda protección a todos los trabajadores chilenos, el estado cae en contradicciones, es decir, predica pero no practica. Trabajadores a honorarios. Efectivamente la gran mayoría de las contrataciones a honorarios son para cubrir aquellas contrataciones que se realizan cada vez que cambia el gobierno, utilizando las contratas para gente cercana de su colectividad, y contratando a honorarios a aquellas personas para las que no les alcanzan las contratas, o si se requiere de algún especialista.  A los honorarios se les hace llenar fichas de actividades, que tienen que ir firmadas por el funcionario que los supervisa.  Ahora, la subordinación y dependencia, lamentablemente está en el código del trabajo, no así en el estatuto administrativo que es el cual rige a los funcionarios públicos.  Efectivamente hay una vulneración importante de los derechos de los trabajadores, como es el legitimo derecho a enfermarse, adicionando a ello, permisos, capacitaciones, PMG, entre otros, a lo que además hay que sumar que cada año al llegar al 31 de diciembre está la incertidumbre de si será u no renovado el contrato.  Si se renueva, existe un año más de trabajo y en caso contrario, se van sin una indemnización por años de servicio. Otro tema son las contratas, que es la forma que el Estado salva la falta de personal a que se le puede ofrecer un contrato de planta (indefinido), pero que quedan (quedamos) a merced de si se renovará o no el contrato a fin de año. Si no se renueva uno se va sin indemnización, y en caso de renovar se queda expuesto a que te cambien las condiciones laborales.   Por ejemplo, en el Ministerio del Trabajo, al cambiar el gobierno, hubo cargos que tenían una renta de mercado, pero resultó que el nuevo funcionario que llegó al mismo cargo, realizando las mismas funciones, se le pagaba más del doble.  Otros casos que llegaron a Honorarios y quedaron embarazadas y eran de la colectividad, milagrosamente se generó un cupo a contrata para proteger a esa trabajadora.  ¿magia?, no, son las atribuciones que les da el mismo estatuto administrativo, o nunca se han preguntado: 1. ¿Por qué los parlamentarios no presentan proyectos para modificar el estatuto administrativo y mejorar las condiciones de las contrata y honorarios? R: no les conviene. 2. ¿Por qué los parlamentarios no modifican las plantas de los servicios públicos? R: no les conviene, ya que en un futuro no podrán poner a gente de sus partidos, familiares u otros. ¿Cómo se soluciona? 1, Modificando en estatuto administrativo, pero para ello tienen que haber algunos parlamentarios valientes que se atrevan a cumplir su función y velar por el beneficio de todos los chilenos. 2. Modificando por ley la planta de los servicios públicos, evaluando por competencias y desempeño a los funcionarios, creando el concepto de indemnización por años de servicio y eliminando la contratación a honorarios.....yo quiero un Chile más justo. 3. Sincerando aquellos cargos que van a ser cambiados si o si con el nuevo gobierno, y me refiero a los Jefes de Gabinete, de Finanzas, Personal, Planificación, Auditoria, Prensa, Jurídica, entre otros.  Sería más sano saber de ante mano cuales son aquellos cargos, para que las personas que verdaderamente tienen vocación de servicio, no queden con la falsa ilusión de que podrán seguir en sus cargos. Bueno, hablo desde mi experiencia y espero que no sea así siempre, y que existan personas que verdaderamente se la juegan por Chile y no que están acostumbradas a vivir del Estado y por consiguiente de todos los Chilenos.
Rodrigo Cabrera | 15.02.2016
segun el estado un gobierno eficiente debe presentar una planta minima asi a nivel internacional es catalogado comno eficiente, sin embargo los a contrata y honorarios hacen todo el trabajo, cuando alguien quiere hacer una demanda los abogados te contestan que el estado no puede demandar al estado ni a impuestos internos. los honorarios siempre reclaman que si yo boleteo no tendria porque cumplir horarios. eso del estatuto publico habria que revisarlo porque se aplica a funcionarios del estado y el estado paradojicamente no reconoce al 100 por ciento a los honorarios como trabajadores del fisco en lo que respecta a sueldo bonos y beneficios pero si cuando se trata de cumplir horarios y trabajos a realizar. lo otro es años atras los honorarios tenian que ellos mismos autocontratarse mediante la famosa CHILECOMPRAS AÑO 2003, el mismo honorario debia colocar su perfil en esa webpage, y ademas por si eso era poco hacer minimo tres cotizaciones con rut validos por el registro civil y papeles que las notarias firmaban como copia autentica del original sin asco y luego postularlas al cargo creado y voalá tu curriculum cazaba a la perfección con el perfil solicitado por el cargo en Chilecompras y así ganabas la licitación porque tu perfil calzaba en todo y además tu sabias el monto de pago por el servicio a esto el Gobierno de aquel entones lo encontraba genial pues era pura transparencia que buena web page me gustaria que se hiciera un reportaje a Chilecompras si bien no creo que aun se haga eso quizas que otras trampas se han hecho gracias a ese ejemplo de transparencia mientras tanto los trabajadores de planta tranquilitos en sus puestos.
Anamaría | 12.02.2016
HAY SERVICIOS DONDE SE RESPETAN LOS DERECHOS FUNDAMENTALES COMO EL PRE Y POST NATAL, LAS VACACIONES, LOS PERMISOS Y LAS HORAS EXTRAS A LOS HONORARIOS PERMANENTES COMO POR EJ. EN EL CNCA.
Fernando | 01.02.2016
Los trabajos a honorarios, los reemplazos, los contratos para obras determinadas son las formas en que el Fisco y los demás órganos descentralizados mantienen el "amigismo y compadrazgo" en la función pública (especialmente en los cargos profesionales). Esto es así, porque el 99% de estos ingresos son por contratación directa, sin concursos públicos, donde obviamente accede quien tiene contactos en el Servicio. Posteriormente, cuando se "crean" los cargos a contrata y planta, obviamente se hacen concursos públicos "a medida" del funcionario que quieren "regularizar", con bases imposibles de cumplir por cualquier profesional externo al Servicio (ejemplo: en una Municipalidad otorgaban 50 ptos. al candidato que tuviera experiencia de Secretario en la misma, siendo los que postulaban de afuera alcanzaban como máximo 48 ptos., por lo que obviamente quedó el que estaba suplente hace 5 años). 
Rodrigo Olivet | 21.01.2016
He leído con suma detencion los planteamientos expuestos. Si bien entiendo la magnitud y gravedad del problema, toda vez que fui contratado a Honorarios en un servicio público entre 1972 a 1975, me parece que hay varias imprecisiones que aclarar Primero: El concepto de "trabajador". No es posible denominar de esta forma jurídica a los contratados bajo esta modalidad especial, según algunos especialistas laborales. Segundo: Las funciones y horarios que indican los respectivos contratos. Tercero: La sindicalización de estos actores, y el vínculo real con el Estado. En todo caso la existencia Hoy de un número tan grande de personas contratadas bajo esta modalidad obligaría, espero, a que el gobierno y el parlamento despejen estas inquietudes, legislen adecuadamente y reparen los años de injusticia acumulafos
Miguel Gatica | 21.01.2016
A todo esto, que dice la dirigenta de la CUT , por lo que se ve, no le interesa ni le importa.
Miguel ibarra salinas | 18.01.2016
Soy dirigente sindical de los funcionarios a honorarios de la m.de recoleta. Hoy existen varios sindicatos en varias ciudades de chile. que nos estamos organizando a traves de federaciones y otras mesas sociales. Pero los mas importante es convocar a todos los trabajadores a honorarios del estado a unirse y formar sindicatos en todaa las reparticiones fel estado central y descentralizado. sin la unión de los trabajadores no habra cambio.y no dejarce amedrentar por las jefaturas. Denunciar políticamente u judicialmente todo abuso.
Juan Pedro | 16.01.2016
Opino que deberían echarlos a todos. No al exceso de empleados públicos
Carolina | 16.01.2016
No encuentro más calificativo que decir que es un Abuso. Llevó cerca de 8 años trabajando a honorarios en programas de gobierno ejecutados por municipalidades, y he visto cómo perversamente los que tienen calidad de funcionarios/as, reciben bonificaciones por gestión, cuyo logro fue producto del esfuerzo y vocación de los trabajadores a honorarios, quienes en la mayoría de los casos, no recibimos ni las gracias.
Pablo R. | 15.01.2016
Alvaro Palma, la razón es el ESTATUTO ADMINISTRATIVO, además los contratos a honorario NO contemplan jefe ni horarios, sino TAREAS....resquicio legal.
Fernanda | 15.01.2016
Yo soy trabajadora a honorarios del Flamante Ministerio y al verme en la situación de no recibir mi remuneración, por consecuencia de mi embarazo, trabaje hasta el último día, a las 17:30 donde me fui a la clínica con contracciones y luego me tuvieron 3 meses sin poder recibir sueldo debido a la obligatoriedad de tomarme el post natal.
Álvaro Palma | 15.01.2016
Me asalta una duda que me gustaría que algún lector más letrado que yo en temas legales me aclarara: Se supone que por ley está PROHIBIDO tener bajo régimen de honorarios a alguien que realiza una labor donde tiene jefe, lugar de trabajo establecido, jornada explícita, etc., en cuyo caso es imperativo que esa persona sea contratada bajo contrato normal, ya sea a plazo o indefinido.  Habiendo establecido esa base, ¿qué argumentos han esgrimido los tribunales para no dar la razón a los trabajadores que han presentado demandas al ser despedidos y no ser indemnizados bajo esta modalidad? Porque eso es lo que históricamente ha pasado a quienes han tenido la valentía de demandar (arriesgando quedar fuera para siempre de futuros trabajos en el Estado). ¿O es que sencillamente, tratándose del Estado como empleador, las leyes laborales simplemente no aplican ni son hechas cumplir? Tengo la sensación, o mejor dicho, la certeza, que el Estado es uno de los peores empleadores que hay en Chile, y que se ampara en leyes de la dictadura para no contratar gente como es debido, con el argumento de no aumentar la planta porque "eso se usa para pagar favores políticos", "todos los que trabajan para el Estado son unos flojos sacadores de vuelta", etc., etc., etc. En resumen, una vergüenza.
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