Un nuevo lucro: la desafectación de áreas verdes
19.02.2013
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19.02.2013
En 2004, a través de la Ley Nº 19.939, y a instancias de Jaime Ravinet, ministro de Vivienda y Urbanismo (Minvu) de la época, los parlamentarios en ejercicio cometieron un garrafal error, al modificar Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC)
En febrero de 2004, a través de la Ley Nº 19.939, y a instancias de Jaime Ravinet, ministro de Vivienda y Urbanismo (Minvu) de la época, los parlamentarios en ejercicio cometieron un garrafal error, algunos de ellos sin sospechar sus consecuencias. Así, modificaron el artículo 59º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), fijándole una caducidad de cinco y diez años a la declaratoria de utilidad pública de los terrenos definidos como ensanches y aperturas de calles, parques intercomunales y comunales, localizados en las áreas urbanas y de extensión urbana consultados en los planes reguladores de todas las comunas y en los planes intercomunales de las regiones que contaban con dichos instrumentos de mayor rango.
Vencidos tales plazos, teniendo en cuenta que en las áreas rurales las caducidades se produjeron el mismo día de la publicación en el Diario Oficial de esa Ley, debía caducar automáticamente tal declaratoria. El cambio legal también consultaba que, tan pronto caducaba la declaratoria, el inmueble afectado por ella no podía ser nuevamente declarado afecto a utilidad pública para el mismo uso, es decir, área verde en el caso de los parques. Y éste era el pingüe negocio.
Producida esa caducidad, dentro de las ciudades, es decir, al interior de los límites urbanos, cada municipalidad, a petición del propietario del predio definido como área verde, y con el informe favorable de cada Secretaría Regional Ministerial (Seremi) de Vivienda y Urbanismo, debía modificar su uso de suelo asignándole las normas de edificación de los predios adyacentes, acto administrativo que debe ser publicado en el Diario Oficial.
Desde que conocimos, a fines del 2003, lo que tramaba el Minvu respecto de este delicado asunto, empezamos a publicar artículos en la prensa oponiéndonos a tal iniciativa mercantil que generaba importantes plusvalías a quienes tenían el dominio de esos predios verdes. En ciertas ocasiones ese ministerio, a través del arquitecto Luis Eduardo Bresciani, entonces jefe de la División de Desarrollo Urbano (DDU), nos respondía con rebuscados argumentos que la modificación legal consultada era conveniente para las ciudades.
Curiosamente ahora ese desenvuelto e inteligente profesional reniega de sus dichos pasados: muchos dicen que nunca es tarde para arrepentirse. El propio Colegio de Arquitectos de Chile también ha criticado ese mal concebido cambio en un completísimo artículo titulado con el ingenioso nombre “¿Caducó la ciudad?”. Nuestra última detracción, de las aproximadas diez divulgadas con anterioridad, es la que se aprecia en esta columna que publicamos en Cooperativa.cl.
En los inicios del actual gobierno, mientras Magdalena Matte ejercía como ministra de Vivienda y Urbanismo, con las arquitectas Sandra Gysling, asesora urbana de la Municipalidad de Santiago y Ximena Bórquez, consultora especialista en los procedimientos para establecer planes reguladores, le entregamos todos los antecedentes de rigor para que se terminara la caducidad. El propósito era instaurar una nueva normativa de carácter sustentable que protegiera adecuadamente los equilibrios ambientales en las urbes. No la convencimos y es más, creemos que no se interesó en analizar con sus colaboradores expertos nuestra proposición.
Como todo seguía igual, sin percibir un atisbo de reacción por parte del actual gobierno para superar esta inconveniente situación (desde el punto de vista del interés general), hace un año, con la misma consultora Ximena Bórquez, nos reunimos con la arquitecta Pilar Giménez, nueva jefa de la DDU del Minvu, para hacerle notar la urgencia en enmendar este escenario. Esta funcionaria pública nos escuchó con atención y se comprometió a resolver la realidad que se vive.
Ahora sabemos que desde hace cuatro meses ese proyecto de ley que enmendará el contenido del artículo 59º de la LGUC está firmado por todos los ministros sectoriales. El problema radica en que todavía no se envía al Congreso Nacional.
En razón a que en el último tiempo han caducado muchas declaratorias de utilidad pública, ya se están produciendo los perversos efectos de esta mal llamada política pública. Esto se ha reflejado, por ejemplo, en un reciente reportaje de El Mercurio en donde se da cuenta de que con esta reglamentación se iban a perder 14.000 hectáreas verdes, teniéndose en cuenta que no sólo en Santiago, sino que en todo el país, tenemos un creciente déficit de áreas verdes.
Ahora bien, entre los años 1994 y 1995, la Pontificia Universidad Católica de Chile le adjudicó a la Fundación Club Deportivo Universidad Católica (CDUC) diferentes lotes en el sector alto de la comuna de Las Condes. Recordemos que esta misma devota persona jurídica sin fines de lucro, le vendió a un tercero inmobiliario el área verde Estadio Santa Rosa de Las Condes, terreno fiscal ribereño al Mapocho, el que había recibido en 1970 gratuitamente del Estado para sus actividades deportivas.
En esos sectores cercanos a la cota 1.000 msnm dicho CDUC, después de subdividir y fusionar los diversos lotes adquiridos, empezó a edificar varios conjuntos habitacionales de óptima calidad de diseño arquitectónico. En algunos casos eran viviendas unifamiliares en condóminos cerrados y en otros casos edificios en altura, entendiendo que el mercado objetivo para la sociedad vendedora eran las numerosas familias que habían matriculado a sus hijos en las privadas Universidades de los Andes y del Desarrollo.
Al CDUC le ha ido muy bien en la comercialización de esos inmuebles. Es una buena noticia que así sea, pero nos preocupa sobremanera lo que está aconteciendo con ciertos lucrativos proyectos inmobiliarios en construcción.
En efecto, en algunos casos se están emplazando edificios en el Área de edificación E-e3 y de Uso de suelo U-Ee3 del Plan Regulador Comunal (PRC) de Las Condes, edificación especial Nº 3 parques intercomunales, territorio definido como área verde, según la Ordenanza del Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS). Nos referimos a predios calificados en ese instrumento normativo local como Bosque Pié Andino, el que está listado en el artículo 5.2.3.4. “Avenidas Parques”, parte integrante del “Sistema Metropolitano de Áreas Verdes y Recreación” del PRMS.
Para que los lectores comprendan a cabalidad esta materia, señalamos que las “Avenidas Parques” se dividen en los denominados “Parques adyacentes a cauces”, por ejemplo el Parque Tobalaba, localizado en las riberas del canal San Carlos y los “Parques adyacentes a sistemas viales”, en donde está el Parque Av. Paseo Pié Andino, vialidad proyectada que cruza diversas comunas, incluyendo naturalmente Las Condes, del sector precordillerano de esta colapsada región.
“La fundación del Club Deportivo Universidad Católica, persona jurídica sin fines de lucro, le vendió a un tercero inmobiliario el área verde Estadio Santa Rosa de Las Condes, terreno fiscal ribereño al Mapocho, el que había recibido en 1970 gratuitamente del Estado para sus actividades deportivas”.
Pues bien, en razón a que se están construyendo edificios en parte de esas áreas verdes, las que ya ha sido debidamente deforestadas por el ávido emprendedor, el 3 de enero de 2013, conforme a la Ley de Transparencia, le pedimos a Rocío Crisosto, directora de Obras de Las Condes, que nos informara en qué fecha se había modificado el uso de suelo de tales áreas verdes y en qué fecha el acto administrativo de rigor fue publicado en el Diario Oficial, ya que su propietario tenía pleno derecho a ello, en base a la vigencia de la caducidad de las declaratorias de utilidad pública asignadas a los parques intercomunales del PRMS.
Como dicha funcionaria pública no nos respondió en el plazo máximo considerado en la Ley Nº 20.285, nos vimos en la necesidad de recurrir de amparo ante el Consejo para la Transparencia, organismo que el 11 de febrero recién pasado le otorgó un plazo de 10 días hábiles al alcalde Francisco de la Maza para que explicara el motivo de la falta de respuesta de su subordinada.
Independientemente de cómo se resolverá este caso puntual, lo preocupante es que se sigan perdiendo áreas verdes en todo el país debido a la inicua disposición contenida en el artículo 59º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC). Por ello, reconocemos la reciente interpelación pública formulada por Marco Enríquez-Ominami al Presidente Sebastián Piñera, en orden a que dentro de los primeros días de marzo próximo, cuando se reinicien las labores parlamentarias, previo acuerdo político, se ponga término legal a la referida caducidad, enviándose en paralelo el mencionado proyecto de ley al Congreso Nacional para que, con toda la calma necesaria, los diputados y senadores aprueben un nuevo marco normativo que, cautelando los equilibrios ambientales, se ciña a los principios del desarrollo urbano sustentable.
Está claro que si se mantiene la actual legislación, continuarán campantes los cambios de usos de suelo de las áreas verdes reseñadas, obteniendo así sus propietarios valiosas plusvalías patrimoniales porque en ellas se podrá edificar lo que se desee.
Por último nos gustaría que los actuales candidatos presidenciales, Andrés Allamand, Laurence Golborne, Andrés Velasco, José Antonio Gómez, Claudio Orrego, Franco Parisi, Michelle Bachelet en marzo próximo y todos aquellos que aspiran a ser candidatos presidenciales, se pronuncien sobre el impasse que están viviendo las ciudades como consecuencia de lo manifestado en este artículo.
Hasta ahora todos ellos se han mantenido mudos al respecto. Sus razones tendrán, pero como el asunto es de interés público, sería conveniente que en el transcurso de los próximos días emitieran sus juicios. Así los electores que irán a votar para elegir al próximo Presidente sabrán quien es quien en materia de ciudad.