Tres torres residenciales «truchas» en Recoleta
21.09.2012
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21.09.2012
En la manzana delimitada por las calles Bellavista, Ernesto Pinto Lagarrigue, Dardignac y Pío Nono, comuna de Recoleta, la Universidad San Sebastián construyó por medio de una de sus empresas inmobiliarias relacionadas su casa central, un centro de extensión y tres elevadas torres residenciales de 19 pisos cada una.
A solicitud de terceros interesados en conocer el desarrollo de los hechos, nos llenamos de datos y documentos obtenidos inicialmente por periodistas de un canal de televisión que averiguaban cómo y por qué se demolió el Liceo Alemán de la Congregación del Verbo Divino, el tradicional establecimiento educacional que ocupaba esa manzana y que ahora se mudó al emergente sector de Chicureo, en Colina.
De acuerdo a la normativa de zonificación del Plan Regulador Comunal (PRC) de Recoleta, esa manzana de una hectárea y media tiene diferentes condiciones de edificación. Una de ellas es la que rige la franja que limita al sur con avenida Bellavista, denominada zona E-A1, donde se permite la edificación en altura. Por otro lado, la franja que enfrenta la calle Dardignac por el norte se llama zona E-M3, donde se admiten solo alturas de hasta 20 metros, es decir, de aproximadamente ocho pisos.
Para burlar la norma de la altura limitada fijada para la zona E-M3, antes del inicio de la tramitación del permiso de edificación, la Municipalidad de Recoleta había introducido un rebuscado cambio en su PRC que estaba vigente desde enero de 2005. Con ello se pretendía eliminar para el proyecto específico la restricción de altura, asunto que con posterioridad fue objetado legalmente por la propia Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo. Con ese ardid administrativo, detectado extemporáneamente por el ministerio aludido, se asemejaba la zona E-M3 a la zona E-A1 y así se “autorizaron” y construyeron las torres de 19 pisos.
En la época en que Gonzalo Cornejo ejercía como alcalde de Recoleta, la Dirección de Obras Municipales le otorgó un permiso a los dueños de esa universidad para construir los equipamientos educacionales y las tres torres residenciales que se alzaron en el sector que permite sólo una altura de 20 metros. Por la gran carga de ocupación del proyecto global, era necesario someterlo a un riguroso Estudio de Impacto Ambiental (EIA), que contempla un proceso de participación ciudadana. Pero eso no ocurrió. En cambio, para simplificar las cosas, la empresa titular del negocio optó por someter sólo las tres torres habitacionales a una abreviada Declaración de Impacto Ambiental (DIA), la que rápidamente fue aprobada por la ex Corema.
Ni la casa central ni el centro de extensión de la Universidad San Sebastián fueron evaluados ambientalmente. Es más, esa pomposa institucionalidad no se atrevió a sancionar al privado que conscientemente infringió la ley.
Este caso fue denunciado por organizaciones ciudadanas de Recoleta y por nuestra fundación ante las propias autoridades municipales competentes: la Dirección de Obras –cuyo arquitecto titular, por fuerza mayor, ha sido reemplazado por una colega suplente–, la Seremi de Vivienda y Urbanismo, la Contraloría General de la República, el Consejo de Defensa del Estado, la ex CONAMA y ex Corema, el ex intendente metropolitano y la alcaldesa Sol Letelier, quien recibió el “pastel” de su antecesor.
Como ninguna autoridad hasta ahora ha hecho valer la ley porque posiblemente el caso se considera “de alto riesgo”, el jueves 20 de septiembre pasado, el autor de este artículo ingresó en la Contraloría General de la República, dirigido al titular de este órgano de fiscalización, el documento que también suscribieron Juan Pastén, concejal de Recoleta, y Gerardo Lanzarotti, presidente de la Junta de Vecinos Nº 35 de esa comuna y que por obligatoria transparencia, damos a conocer públicamente en CIPER.
El documento de marras dice:
En nuestro ingreso Nº 112602 del 11/12/09 informamos a Ud. que la Dirección de Obras de Recoleta y digámoslo con claridad, con el apoyo de la propia Municipalidad de Recoleta, con tal de favorecer un negocio inmobiliario del particular «Desarrollo Inmobiliario Bellavista S.A. consistente en la construcción de 3 torres habitaciones de 19 pisos cada una, interpretando «equivocadamente» el marco regulatorio local había otorgado un permiso de edificación vulnerando el artículo 2.1.21 de la OGUC, asunto que, con bastante acopio documental, habíamos denunciado el 17/12/09 al Seremi de Vivienda y Urbanismo, antecedentes que también entregamos en su oportunidad a su órgano fiscalizador.
El proyecto consiste en la edificación de la casa central de la Universidad San Sebastián, su centro de extensión y 3 torres habitacionales.
La casa central y el centro de extensión de esa universidad privada se localizan en la zona E-A1 del PRC de Recoleta que permite sus alturas, pero a esta fecha estas dos impactantes construcciones nunca ingresaron al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), lo que significa una violación al artículo 8º de la Ley Nº 19.300 que impide el inicio de obras de proyectos que se deben someter al SEIA. Esta situación ha sido reconocida por la respectiva institucionalidad ambiental en informe del 20/01/11 del Gobierno Regional Metropolitano, firmado por el Intendente Metropolitano, en respuesta a nuestra objeción y en ORD. Nº 400 del 22/02/11 firmado por el Director (S) del Servicio de Evaluación Ambiental y por su propio servicio contralor.
En cambio, esas 3 torres habitaciones de 19 pisos c/u se emplazan en la zona E-M3 del PRC de Recoleta que permite una altura máxima de 20 m. es decir, 8 pisos, razón por la cual la Contraloría General de la República (CGR) le pidió en Oficio 72032 del 29/12/09 al Ministerio de Vivienda y Urbanismo un informe fundado respecto de nuestra presentación del 11/12/09.
La Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo, en su ORD. 18 del 11/01/10, responde categóricamente a la CGR en orden a que nuestra posición es la correcta respecto de la supremacía del artículo 2.1. 21. de la OGUC sobre las normas de los PRC, acorde a lo dispuesto en el artículo 2.1.1. de la OGUC. Es decir, el ministerio que tiene a su cargo la aplicación de la Ley y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, como también la supervigilancia de los distintos planes reguladores hace 32 meses ya se pronunció sobre la ilegalidad cometida en esa municipalidad en el caso puntual de las 3 torres de 19 pisos c/u.
Es más, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) en su ORD. Nº 2629 del 02/05/11 le expresa a la Seremi de Vivienda y Urbanismo que las 3 aludidas torres se edifican con infracción a la normativa urbanística y la funcionaria sectorial, en su ORD. Nº 2268 del 23/05/11, respondiendo la interpelación del suscrito del 09/05/11, se limita a aseverar que le solicitó un pronunciamiento al Director de Obras Municipales por «las posibles irregularidades de este proyecto» (sic), sin que se conozca la correspondiente respuesta.
Por otro lado, una empresa relacionada con la Universidad San Sebastián obtiene lucro con la explotación de un estacionamiento subterráneo cuyo acceso se construyó en la calle Pío Nono a través de un simple permiso precario.
Señor Contralor, en su informe Nº 6607 del 02/02/11 usted nos decía que en relación a nuestra «solicitud de remisión de antecedentes al Ministerio Público, cabe consignar que este Ente Contralor ponderará esa posibilidad, según el mérito del proceso disciplinario que se encuentra sustanciando en la Dirección de Obras Municipales de Recoleta, una vez que dicho procedimiento se encuentre afinado».
A esta fecha, diecinueve (19) meses después de este informe, desconocemos el resultado del sumario y del proceso disciplinario, aunque estamos en conocimiento que el titular de la Dirección de Obras de Recoleta y otros funcionarios municipales se encuentran imputados por otras razones en el Ministerio Público, exactamente en la Fiscalía en Delitos de Alta Complejidad.
Hasta ahora constatamos que ninguna institución de la Administración del Estado, por motivos incomprensibles en un Estado Democrático de Derecho como el nuestro, haya adoptado la decisión de paralizar y enseguida demoler, conforme a lo ordenado en los artículos 148º y 157º de la LGUC, las obras de esas construcciones. Ante esta evidente falta de servicio, lo que en nuestra opinión es una clara señal de impunidad para el sector privado, el titular de la empresa «Desarrollo Inmobiliario Bellavista S.A.» ya está ofreciendo en el mercado de la vivienda los cientos de pequeños departamentos que conforman esas 3 torres.
En conocimiento que su órgano contralor, a través de su persona, ha suscrito en París, Francia, un convenio con la OCDE para mejorar sus procesos de gestión y fiscalización, estamos seguros que su próxima resolución para este caso, dirigida al suscrito, a la alcaldesa de Recoleta, al ministro de Vivienda y Urbanismo y a las dos (2) personas que firman apoyando esta nota, debería ser ejemplificadora con el propósito de que en el futuro todos los actores del mercado inmobiliario operen en igualdad de condiciones, es decir, sin tratos de privilegio y sobre todo respetando las leyes vigentes. Solo así se evitará el enriquecimiento ilícito de algunos temerarios que confían en sus «contactos» municipales para actuar de manera tan impúdica.